Bueno por la cochinita, malo por las cochinadas


Lo bueno… Lo malo…

Bueno, buenísimo, sabroso, el que cada domingo muchos yucatecos aprovechan el domingo para, algunos el sábado también, degustar la tradicional cochinita pibil, esto es enterrada, o simplemente cocinada al horno, o a la leña, sobre todo para disfrutarla en familia.

Malo, malísimo que algunas personas sin criterio, al menos, eso se dice hasta ahora, aprovechen, en aras de aumentar sus ganancias, utilizar sustancias prohibidas para el consumo humano, para hacer que su ganado, bovino, porcino, aviar o de otra índole, aumente rápidamente de peso, en menos del tiempo que la naturaleza ha dispuesto para tal fin.

Y si no lo creen, requetemalísimo, es lo que sucedió el pasado domingo en el municipio de Seyé, cuando más de 500 personas se intoxicaron por meterle duro y tupido a la cochinita, sin saber que, al parecer, porque las autoridades sanitarias, hasta el momento de escribir estas líneas no habían confirmado si la carne de cerdo utilizada para elaborar la riquísima y tradicional vianda yucateca, había sido objeto de una cochinada, al contaminarla con Clembuterol.

Análisis preliminares parecen indicar que ese fármaco estaba presente en la cochinita que se expendió en ese municipio, y si es así nuevamente diremos que la cochinita se convirtió en una cochinada que puso en riesgo la salud de más de 500 habitantes del mencionado municipio.

Los lectores de Mis-Noticias deben saber que el Clembuterol es un fármaco que los médicos utilizan como broncodilatador, para combatir los casos de asma o de bronquitis y como dicen por ahí, no pasa nada, más que aliviar las dolencias del paciente.

No obstante, este fármaco se dice que se utilizaba, antes de las regulaciones sanitarias, para engordar ganado en tiempo récord. En el 2007 entró en vigor la Ley Federal de Sanidad Animal que regula establecimientos, productos y el desarrollo de actividades de sanidad animal, prestación de servicios veterinarios, regular los productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales o consumo por estos. Así lo señala el Artículo 1.

A riesgo de aburrir a nuestros dos lectores les transcribo dos artículos de la mencionada Ley: Artículo 173.- Al que sin autorización de las autoridades zoosanitarias competentes o contraviniendo los términos en que ésta haya sido concedida, importe, posea, transporte, almacene, comercialice o en general realice actos con cualquier sustancia cuyo uso esté prohibido para alimentación de animales en las disposiciones de sanidad animal o de buenas prácticas pecuarias emitidas por la Secretaría, se le impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión y multa de quinientos hasta tres mil veces el salario mínimo vigente en la zona económica en que se llevó a cabo el hecho y en caso de reincidencia se duplicará la pena y la multa, siempre y cuando esos actos sean con la finalidad de adicionarlas a los alimentos o bebidas de animales cuyos productos o subproductos estén destinados al consumo humano.

Artículo 174.- Al que ordene el suministro o suministre a animales destinados al abasto alguna sustancia o alimento prohibidos a los que hace alusión esta Ley y demás disposiciones de salud animal, será sancionado con tres a siete años de prisión y de diez mil a cincuenta mil días de salario mínimo de multa.

Ojalá que las autoridades lleguen hasta el fondo de este lamentable asunto que puso en riesgo la salud de más de 500 personas y que el o los responsables sean castigados conforme a la ley y que no se intente encontrar a un chivo o chivos expiatorios. ¿Será?

Y mucho ojo con este fármaco, porque el Clembuterol también lo usan fisicoconstructivistas que desean cultivar el músculo…

¡Mecachis!, ¿no será que la Gordis me está alimentando con Clembuterol, que porque quiere que yo sea míster universo y por eso he estado teniendo náuseas, mareos, dolores de cabeza, boca seca (será que por eso no salgo de la cantina), y dolores en el pecho. ¡Uay!