Solidaridad entre pueblos y la humanidad


Vía y cruces de los derechos humanos

1.         En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2.         Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Una persona perseguida injustamente en su país de origen, tiene derecho a solicitar asilo en cualquier otro país que forme parte de la Organización de las Naciones Unidas, y éste deberá de serle concedido, de acuerdo al Artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Desde luego, en su segunda parte se indica que la protección que se otorgue no podrá darse cuando el que se siente perseguido haya cometido algún delito común o por actos que se opongan a la protección de los derechos humanos, que han sido adoptados por la ONU.

 Obviamente que este derecho está íntimamente ligado a las persecuciones políticas, que como ya hemos visto se dieron intensamente en los tiempos de guerras y se siguen dando actualmente, pese a las decisiones de protección a los derechos humanos de las personas.

Actualmente, en México se vive una tensa situación, cuando miles de personas provenientes de países vecinos, intentan entrar a México, como vía para llegar al vecino Estados Unidos, en donde pretender encontrar un modo mejor de vida, situación que como se sabe se les ha negado en sus países de origen.

Muchas personas han interpretado esta actitud del gobierno mexicano, como el hacerle el trabajo sucio a Estados Unidos que trata de contener en sus fronteras con México el ingreso de indocumentados, es decir de quienes no tienen documentos que avalen su status legal, para tener derecho a entrar en otro país que no es el suyo.

El derecho de asilo no solo está contenido en la declaración Universal de los Derechos Humanos, sino también en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y en el derecho de la Unión Europea y en la Constitución Española.

Esas leyes garantizan el derecho de las personas que huyen de la guerra, los conflictos, la violencia o simplemente sufren persecución política y los estados deben cumplir con la protección a esas personas. ¿Será cierto?

En este espacio no es posible relatar el infierno que viven quienes sufren de persecución, por el motivo que sea, en sus países de origen. Son millones las personas que se han beneficiado con el derecho de asilo y en este contexto diremos que son millones las pruebas vivientes de la maldad que priva en los corazones de algunos dirigentes de países en guerra, o de conflictos que no pueden controlar, originando que sus congéneres tengan que huir de la tierra que los viera nacer.

Y para muestra un botón, que nunca debemos de prejuzgar y mucho menos juzgar a alguien y por eso mencionamos solo a Albert Einsten, de origen judío, según nos dicen, que fue perseguido en su país, Alemania, durante la dominación nazi que intentó terminar, borrar de la tierra al pueblo judío. Se dice que los nazis, en cuanto a la física de Einstein dijeron que era solo física judía. La historia nos ha dejado lo que hizo Einstein con su trabajo fecundo.

Insisto, eso es solo un pequeño ejemplo, pues artistas y otros personajes famosos también salieron perseguidos y solicitando refugio en otras naciones que no fue en la que les tocó nacer, y a la que alguna vez o siempre, amaron…

Lo dicho, los seres humanos deben de comportarse fraternalmente los unos con los otros. ¿Recuerdan el Artículo Primero?

Hagamos votos y trabajemos unidos para que esas aberraciones que llenan de cruces la vía de los derechos humanos no se repitan nunca más y haya solidaridad no solo entre las naciones, sino entre todos los seres humanos.