Libertad de pensamiento, conciencia y religión


Vía y cruces de los derechos humanos

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

El Artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos humanos señala algo que el ser humano tiene derecho a hacer cuando así lo considere, nadie puede coaccionarte para que cambies tu forma de pensar o tus creencias religiosas.

Alguien podría decir que eso está garantizado en nuestra Constitución, sin embargo, hay otros sitios en el mundo en el que la sola duda respecto a la religión que se profesa en el país en cuestión, puede ser motivo para penas severas, que podrían culminar con la muerte de quien tuviese alguna duda y la manifestase públicamente.

Todas las personas, entonces, deberían de tener protegido su derecho a creer en algo y manifestarlo ante quien sea, sin ser objeto de ningún reclamo.

Podríamos dar un vistazo a algunas cosas sucedidas en nuestro país, como la llamada guerra cristera, que tuvo lugar de 1926 a 1929.

Esa guerra, por las creencias, por la libertad de culto dejó la cantidad de 250 mil muertos.

El entonces presidente Plutarco Elías Calles expidió la ley que fue conocida como Ley Calles, el 14 de junio de 1926, acorde con lo señalado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.

Está por demás repetir en este espacio la lucha de quienes defendían su culto, su derecho a pensar en lo que vivió el pueblo mexicano.

No debe de olvidarse ese enfrentamiento entre hermanos, a causa de sus creencias religiosas, que terminó, oficialmente el 21 de junio de 1929 cuando era presidente interino de México Emilio Portes Gil, quien asumió el mando al ser asesinado el presidente electo Álvaro Obregón.

Sin embargo, la paz no fue total, ya que durante más de 10 años siguieron los enfrentamientos de grupos católicos contra el laicismo del gobierno. La tirantez entre católicos y gobierno se extendió hasta casi cincuenta años después.

En nuestros días la intolerancia a la libertad de creencias abarca a cuando menos 62 países que violan la libertad de religión o de creencias.

Los seres humanos tienen derecho a sus creencias, desde luego, pero lo que definitivamente no tienen derecho es a tratar de anteponer esas creencias a los derechos de las demás personas, y eso debemos de traducirlo en dos palabras que son respeto y tolerancia.

De respeto nos dice la Academia de la Lengua Española es veneración, acatamiento que se hace a alguien y en su segunda acepción, miramiento, consideración y deferencia. En cuanto a tolerancia nos señala, en su segunda acepción, respeto a las ideas, creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias. Y la tercera acepción es contundente: Reconocimiento de inmunidad política para quienes profesan religiones distintas de la admitida oficialmente.

Respetemos y toleremos a quienes piensan diferente a nosotros o creen en algo distinto a lo que nosotros creemos.

Podrían ser hermosos instrumentos para que no hayan cruces y mucho menos espinas, en la vía de los derechos humanos.