Se requiere de armonía entre trabajadores y empresarios


Vía y cruces de los derechos humanos

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

El Artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos es ni más ni menos una necesidad de las y los trabajadores, más que una conquista del sector obrero, porque nadie puede trabajar y trabajar sin descanso. Si no lo creen intenten correr ya no 24 horas, sino una hora, sin descanso.

Recordemos que en los tiempos de la esclavitud a los trabajadores se les castigaba inmisericordemente si abandonaban sus labores, que a los amos les servía ese trabajo forzado para engrandecer sus fortunas y a las y los esclavos apenas les servían para que les arrojen unos mendrugos para que no murieran sin rendir el precio que los esclavistas habían pagado por ellos.

De esos tiempos ya nos hemos ocupado en ocasiones anteriores, lo que requerimos en esta época, es que en ambos campos exista honestidad para cumplir con la parte que a cada persona le toca en lo que respecta a una relación laboral.

El capital. Es necesario entender que las y los inversionistas trabajan; también arriesgan su capital para abrir centros laborales, del tipo que sean y darles a sus obreros y obreras los satisfactores de dinero, la paga por los servicios, así como jornadas decentes, de trabajo, llamémosle así y ambientes salubres.

En muchos centros comerciales se sabe que las y los trabajadores, en ocasiones laboran jornadas de doce horas, pero algunos de esos patrones incumplen con la Ley Federal del Trabajo que establece que la jornada máxima es de 8 horas diarias y si por necesidades de la empresa tienen que exceder ese tiempo, pues deben de pagar horas extra, por esa labor, que implica el doble de salario por cada hora devengada. En el caso de los días inhábiles se triplica esa paga.

En muchos casos no se cumple no solo con lo que señala la ley, sino que ni siquiera se pagan las horas extras laboradas. Además de robo al esfuerzo del trabajador, estaremos ante el caso de transgresiones a la ley que son ¿castigadas?, por las juntas de conciliación y arbitraje.

Todo esto por mencionar solo algunos casos.

Por la parte laboral también hay casos de deshonestidad y por mencionar algunos:

No rendir lo suficiente, es decir holgazanear mientras se está en la jornada de labor. No cuidar el equipo, las herramientas, que los patrones ponen en manos de los trabajadores para el cumplimiento de la labor correspondiente.

Ausentismo, y falta de probidad de las y los trabajadores, en algunos casos,

Porque lo justo es decir que, así como hay malos patrones, aunque sea por excepción también existen algunos buenos, cumplidores y atentos con las necesidades de sus empleados y empleadas. Rara avis.

Y justo es decir que también existen trabajadores honestos que cumplen con eficiencia la labor que les ha sido encomendada. Otra rara avis

Hacer que esos casos excepcionales sean la generalidad es la tarea que todas y todos tenemos como seres humanos, para hacer que se cumplan a cabalidad las leyes y hayan paz y armonía en los centros laborales.

Lograr eso hará que en los centros de trabajo no existan ni cruces ni espinas en la vía de los derechos humanos.

Intentémoslo.