Retos para los Poderes Legislativo y Ejecutivo


“Banderilla” al gobierno

A diferencia de la estatal Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, que sí es un organismo constitucional autónomo del estado de Yucatán, la Fiscalía General aún no lo es, no obstante el reclamo social para que deje de depender directamente del Poder Ejecutivo, como hasta ahora.

En Yucatán, el texto constitucional dispone que “la Fiscalía General del Estado de Yucatán, es una dependencia del Poder Ejecutivo, con autonomía técnica y de gestión, bajo el mando del Fiscal General del Estado, quien será su representante legal; y se auxiliará, para la investigación de los delitos, de las instituciones policiales, que actuarán bajo su conducción y mando, de acuerdo con lo que establezcan las leyes”.

En Quintana Roo, su Constitución Política señala que “el Ministerio Público se organizará en una Fiscalía General como un órgano público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena autonomía técnica, de gestión, independencia funcional y financiera, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna”. En Campeche su Fiscalía depende del gobernador.

Ante el escándalo provocado por la renuncia de Wilbert Cetina Arjona, el Ejecutivo envió al Congreso una terna para elegir al nuevo Fiscal General del estado: Patricia Gamboa Wong, Juan Manuel León León y Adrián Abelardo Anguiano Aguilar (Mis-Noticias, 8 noviembre 2020).

Hoy la fiscalía yucateca está cuestionada por una denuncia publicada en un diario meridano. El exfiscal salió del cargo con estridente desprestigio social, que afecta la operación gubernamental. En términos taurinos, se le puso una “banderilla” al gobierno del estado, que tardará en quitársela.

El procedimiento para la designación del Fiscal General del estado está previsto en la Constitución Política del estado:

– El Poder Legislativo debe designarlo mediante el voto de mediante el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso. Si no se alcanza, el Ejecutivo someterá otra terna a consideración del Congreso. Si éste no designa al fiscal, en una segunda votación, entonces “ocupará el cargo la persona que designe el titular del Poder Ejecutivo, quien no podrá haber integrado las ternas previamente propuestas”.

Los diputados aún no inician el procedimiento para la designación del Fiscal General. Probablemente organizarán comparecencias públicas de los integrantes de la terna ejecutiva, ante las comisiones legislativas correspondientes.

No sé cómo se asegurarán para que el designado finalmente no cometa los hechos contenidos en la denuncia publicada y en que supuestamente incurrió el exfiscal Cetina Arjona. Están obligados a hacerlo.

La Fiscalía General del estado, señala la Ley Suprema de los yucatecos, se debe regir por los principios de buena fe, justicia, imparcialidad, independencia, legalidad, objetividad, unidad, eficiencia, profesionalismo y respeto a los derechos humanos.

Éstos han sido inobservados, aparentemente, en los últimos dos años.

Tampoco sé si los nominados lograrían modificar el descrédito actual de la institución pública. La tarea es difícil, pero habrá que asumirla.

No hay un plazo fatal para que los congresistas designen al Fiscal General. No lo prevé la Constitución ni la Ley de la Fiscalía General del Estado de Yucatán.

Convendría tener en cuenta dos aspectos ante la renuncia de Cetina Arjona al relevante cargo de fiscal.

1. Analizar de inmediato la relevancia social y jurídica de que la Fiscalía General del estado sea un organismo constitucional autónomo, como lo son la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán, eI Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán, el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Yucatán, y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Yucatán.

La Fiscalía yucateca debe obtener una mayor especialización, agilización, control y transparencia para atender eficazmente las demandas sociales. Hay que dotarla de garantías constitucionales de actuación e independencia en su estructura orgánica para que alcance los fines para las que sería creado como un organismo constitucional autónomo del estado.

2. Investigar exhaustiva, seria y profesionalmente los hechos denunciados en contra del exfiscal Cetina Arjona, como lo ha pedido el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción. No basta la salida, vía renuncia por “motivos personales”. La oportunidad es para los Poderes Ejecutivo y Legislativo. Si se registraron hechos de corrupción u otros delitos, deben perseguirse y castigarse en términos de las normas jurídicas aplicables y a cargo de las autoridades competentes.

No debe imperar, en su caso, la impunidad.