En busca de la justicia, no de la venganza


Vía y cruces de los derechos humanos

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales  competentes,  que  la  ampare  contra  actos  que  violen  sus  derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. Este, Artículo 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es en sí hermoso, porque simple, llanamente conlleva la reparación del daño sufrido por quien haya sido víctima de la vulneración a sus derechos humanos.

Los derechos fundamentales son los que tenemos todas las personas, y están amparados por la ley, encargada de velar por el bienestar de quien haya sido ofendido.

Mire usted lo bello del pensamiento –realidad- de Jane Addams, quien se convirtió en la segunda mujer en ganar el Premio Nobel de la Paz, hace ya algunos ayeres, 1931, cuando el mundo se agitaba para la segunda conflagración mundial, de acuerdo a lo que nos señalan en la página de la ONU. “La verdadera paz no es simplemente la ausencia de guerra, es la presencia de la justicia”. Esta lapidaria frase fue dicha por Jane para perdurar por siempre, pero tal parece que algunos intereses, muy alejados de la justicia la ponen en el nicho del olvido.

Imaginemos el escenario de las guerras, no solo las dos que han diezmado a la humanidad, sino a cualquier guerra, como las que hoy se libran en el Oriente Medio. Cualquier guerra, conflicto entre los seres humanos deja víctimas y es necesario y justo que las víctimas puedan acceder a un sistema de justicia que les garantice la reparación del daño sufrido.

Algo que deberíamos eliminar de nuestras mentes es la simbiosis justicia-venganza que es en la que pensamos siempre que somos víctimas de un delito. Deberíamos cambiar esa simbiosis por la de justicia-justicia, simple y llanamente.

Ocasiones hay en que un asesino es condenado a muerte, en los países en donde existe esa pena, y las víctimas, directas o indirectas no desmayan en su lucha hasta que el asesino, de acuerdo a esas leyes es condenado a la pena máxima, es decir a muerte. ¿Justicia o venganza?

O cuando somos víctimas de un delito –llamémosle menor- por ejemplo un robo, no pedimos la reparación del daño, sino la encerrona, cárcel del victimario por el mayor número de años posible y así satisfacemos nuestro deseo de venganza, por encima del de la justicia que repararía el daño que sufrimos. Las leyes se encargan del castigo corporal. ¿Y de la reparación del daño, si eso es posible? Nos olvidamos de eso para satisfacer nuestro anhelo de venganza.

 Quiero concluir este comentario con el siguiente párrafo tomado de la página de la ONU:

Una historia de reparaciones

Cuando la víctima está muerta, la reparación puede involucrar un asunto tan simple como ordenar un certificado de defunción que le permita a su familia heredar bienes, o el reconocimiento oficial de una tumba. Puede implicar erigir un monumento, o poner a una plaza el nombre de una víctima. O podría tomar la forma de una disculpa pública oral y escrita por el daño perpetrado, como fue el caso de la Disculpa Nacional del Gobierno de Australia, en 2008, a las ‘Generaciones Robadas’, los descendientes de los indígenas australianos y los isleños del Estrecho de Torres quienes fueron arrancados por la fuerza de su familias por parte de las autoridades australianas, durante un período de 60 años hasta 1970.

Que la vía de los derechos humanos no esté plagada por las cruces de la venganza, sino por el anhelo de justicia a secas y con la mayor altura de miras, sin que las bajas pasiones nos avasallen en busca de “justicia”.