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Vinculado a proceso por retener a su hijo sin contar con la custodia

Mérida, Yucatán, 15 de agosto de 2024.- La Fiscalía General del Estado (FGE) aportó los datos y elementos de prueba suficientes para que F.O.C.M. fuera vinculado a proceso por los delitos de desobediencia a un mandato judicial, violencia vicaria, sustracción de menores y falsedad de declaraciones, denunciados tras retener a su hijo menor de edad a pesar de no contar con la custodia del mismo.

Durante la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, la Juez Primera de Control valoró los datos presentados por los fiscales de litigación, los cuales fueron suficientes para decretar el citado auto de vinculación a proceso por los delitos indicados y otorgó un plazo de cuatro meses para el cierre de la investigación complementaria de la causa penal 302/2024.

Cabe recordar que durante la audiencia inicial, esta representación social estableció que el imputado retuvo a su hijo, a pesar de conocer la resolución de una Juez de lo Familiar que había otorgado la custodia temporal a su ex pareja, ejerciendo con sus acciones un daño emocional a la mujer y privando al menor  de los cuidados maternos, incluyendo la lactancia.

Antes de finalizar la audiencia, la Juez de Control estableció que el acusado deberá acudir a firmar periódicamente, tiene que presentar una garantía económica, se le prohíbe salir del Estado sin autorización judicial, no puede acercarse a la denunciante y al menor, exceptuando lo establecido por la Juez de lo Familiar para la convivencia y debe someterse al cuidado y vigilancia del Centro Estatal de Medidas Cautelares por todo el tiempo que dure el proceso.

Lo declaran culpable en juicio abreviado por tentativa de robo

Acusado del delito de robo calificado en grado de tentativa, G.A.M.O. fue declarado culpable en un procedimiento de juicio abreviado y sentenciado a seis meses de prisión al comprobarse su participación en los hechos ocurridos en el mes de febrero en la colonia San Luis Dzununcán, de esta ciudad de Mérida.

Una vez que se contó con la anuencia de ambas partes, la Fiscalía General del Estado (FGE) aportó  las pruebas suficientes para que el Juez Primero de Control dictara el fallo condenatorio al comprobarse la responsabilidad del imputado en los hechos ocurridos el 15 de febrero en un predio de la calle 88 por 191 de la citada colonia, en donde fue sorprendido arrastrando un tubo galvanizado, a pesar de no tener autorización del propietario del predio para ingresar y tomar dicho objeto, motivo por el que se presentó la formal denuncia que derivó en la causa penal 66/2024.

Una vez que fue declarado penalmente responsable, el acusado fue sentenciado, además de la pena privativa de la libertad, al pago de la reparación del daño, a la suspensión de sus derechos políticos, a recibir amonestación pública y se le prohíbe acercarse a la víctima y lugar de los hechos por tres años más, después de compurgar su pena en prisión.

Antes de finalizar la diligencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, las partes renunciaron a los plazos y se dispensó la audiencia de individualización de penas, por lo que queda en firme lo señalado líneas arriba.

Imputado por agredir a su esposa e hija en la Fidel Velázquez

Por ejecutar actos dirigidos a causar daños físicos y psicológicos, D.G.P.M. fue imputado por los delitos de violencia familiar y violencia familiar agravada, tras agredir a su esposa e hija menor de edad, por lo que permanecerá privado de su libertad, luego de la aportación de las pruebas por parte de la Fiscalía General del Estado (FGE).

De acuerdo con la causa penal 273/2024, los hechos ocurrieron el pasado 17 de julio del presente año, cuando el acusado se encontraba dentro del domicilio de las víctimas en el fraccionamiento Fidel Velázquez, al oriente de Mérida, cuando con un arma amenazó a ambas mujeres, por lo que los vecinos, alertados ante la conmoción en el predio, dieron aviso a las autoridades, quienes finalmente detuvieron al imputado.

En la misma audiencia, los fiscales de litigación  solicitaron la vinculación a proceso a la autoridad judicial, pero el inculpado solicitó resolver su situación jurídica en el plazo constitucional de 144 horas, por lo que la audiencia fue programada para próxima fecha