Mérida, Yucatán, 2 de noviembre de 2024.- Por el delito de lesiones ocasionadas a un hombre en Progreso y que por su naturaleza tardan en sanar más de 15 días, J.A.R.G. purgará un año y tres meses de prisión, luego de ser encontrado penalmente responsable por estas acciones, tras la presentación de las pruebas por parte de la Fiscalía General del Estado (FGE).
Los hechos de este caso ocurrieron en fecha del 18 de julio del presente año, cuando el ahora culpable caminaba en las calles del centro de Progreso cuando, sin motivo aparente, se acercó a un transeúnte a quien comenzó a agredir a golpes.
Derivado de los hechos, la víctima sufrió las lesiones previamente señaladas, siendo auxiliado por elementos de seguridad, quienes detuvieron al agresor, como consta en la causa penal 63/2024.
Tras la anuencia de las partes y luego del trabajo realizado por los fiscales de litigación para defender el caso, la Juez dio el fallo condenatorio y la sentencia privativa de libertad, así como el pago de una multa de 35 días.
Vinculado por lesiones a una mujer y su hija
Por cometer actos dirigidos a causar daños físicos a una mujer y su hija, Y.A.S.C. fue vinculado por el delito de lesiones calificadas (2), de forma que al presentar las pruebas por parte de la Fiscalía General del Estado (FGE), el Juez definió que permanezca con medidas cautelares diversas en tanto se resuelve su situación jurídica.
Cabe recordar que los hechos que motivaron esta denuncia y que constan en la causa penal 401/2024 tuvieron lugar el pasado 25 de diciembre de 2022, cuando el inculpado se encontraba en un predio de la colonia Forjadores y de manera dolosa agredió físicamente a la víctima y a su hija de 11 años de edad, provocándoles lesiones físicas que por su naturaleza tardan en sanar más de 15 días para la mujer, en tanto la niña resultó con lesiones externas menores a 15 días.
En la audiencia realizada en el Juzgado Segundo de Control del Primer Distrito (Mérida), se dictaminó que entre las medidas cautelares a cumplir, el acusado deberá presentarse a firmar de forma periódica; tiene prohibido salir del Estado; no debe acercarse a las víctimas y quedará bajo vigilancia del CEMC, al tiempo de fijarse un periodo de dos meses para la realización de la investigación complementaria.