Prisión de 4 años a 2 ladrones


Mérida, Yucatán a 25 de febrero de 2021(Mis-Noticias).-El Tribunal Segundo de Enjuiciamiento sentenció a 4 años de prisión a dos personas acusadas del delito de robo calificado cometido con violencia, por hechos ocurridos en marzo de 2020.

En esta audiencia de individualización de sanciones, realizada ayer, las partes del juicio oral: fiscales, defensa y asesoría jurídica, desahogaron pruebas para que el Tribunal pueda determinar el grado de culpabilidad de la pareja acusada.

En dicha resolución, el Tribunal Segundo de Enjuiciamiento, integrado por los jueces Sergio Javier Marfil Gómez (presidente en este caso), María del Socorro Tamayo Aranda como jueza relatora y Verónica de Jesús Burgos Pérez como tercer integrante, determinó que se acreditó el delito de robo calificado cometido con violencia y la plena participación de la pareja acusada en la comisión del delito.

Como resultado del fallo emitido, el Tribunal les impuso a los imputados 4 años de pena privativa de libertad y una multa de 27 días de salario mínimo vigente en la época de los hechos. Además, fueron amonestados públicamente a efecto de que no vuelvan a reincidir, se suspendieron sus derechos políticos y se les negaron beneficios sustitutivos de prisión.

Los hechos acusados fueron los siguientes:

“Que el día 23 de marzo de 2020, aproximadamente a las 21:00 horas, la hoy víctima se encontraba transitando sobre la calle 63 del centro de Mérida y le brindó servicio de taxi a tres personas, dos del sexo masculino y una del sexo femenino, para llevarlos a la colonia Francisco Villa Oriente de Kanasín, Yucatán; siendo que aproximadamente a las 21:45 horas y al llegar a la calle 55 de dicha colonia, las tres personas amagaron con un objeto punzocortante al conductor y se apoderaron de un teléfono celular y la cantidad de 2 mil pesos para después darse a la fuga”.

Feminicidio agravado

El juez de control del Primer Distrito Judicial del sistema penal acusatorio y oral, Kenny Martins Burgos Salazar, calificó y ratificó como legal la detención de una persona por el delito de feminicidio agravado en grado de tentativa.

El artículo 308 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece que, inmediatamente después de que una persona sea detenida en flagrancia o caso urgente, debe ser puesta a disposición de la autoridad judicial para que el Ministerio Público justifique las razones de la detención y el juez(a) proceda a calificarla, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho, o decretando la libertad en los términos previstos en el mencionado Código.

En la audiencia realizada el día de hoy, después de ratificada como legal la detención por parte del Juez Burgos Salazar, los representantes de la Fiscalía Estatal comunicaron al detenido que iniciaron una investigación (formulación de imputación), acorde con lo siguiente enunciado en la audiencia:

“Que el día 6 de febrero de 2021, aproximadamente a las 13:45 horas, el hoy imputado causó diversas heridas a su pareja en presencia de sus hijos, posteriormente se tiró a un pozo de 10 metros, además de que previamente se causó heridas, por lo que paramédicos llegaron a lugar a auxiliarlo y llevarlo al nosocomio”.