Una vez que ambas partes estuvieron de acuerdo, se realizó un procedimiento de juicio abreviado donde F.J.P.U. fue declarado penalmente responsable del delito de homicidio calificado y sentenciado a 22 años y seis meses de prisión por los hechos ocurridos el año pasado en Buctzotz.
La Fiscalía General del Estado (FGE) aportó las pruebas suficientes para demostrar la responsabilidad del acusado en la muerte del ciudadano A.T.A. ocurrida el mes de abril del 2024 en la citada localidad y por lo que fue sentenciado además de la pena de prisión, a la reparación integral del daño, a recibir amonestación pública, se le prohíbe acercarse a la víctima indirecta y se le negó el beneficio de sustitución de penas.
Durante el desarrollo del juicio abreviado esta representación social logró establecer que los hechos ocurrieron el ocho de abril del 2024, cuando el acusado se introdujo al predio de la víctima, ubicado en la citada localidad.
La indagatoria permitió señalar que una vez en el interior del predio el acusado atacó con un leño a la víctima, causándole múltiples lesiones, que a la postre le causaron la muerte a consecuencia de un traumatismo craneoencefálico, tal como dictaminó un perito del Servicio Médico Forense de la FGE.
Cabe recordar que desde la etapa inicial, el caso fue desahogado ante la Juez de Control del Quinto Distrito con sede en Valladolid, bajo la causa penal 36/2024.
Le formulan cargos por violentar a su madre
La Fiscalía General del Estado (FGE) formuló la imputación al ciudadano M.J.E.Ch. por el delito de violencia familiar agravada, denunciado tras los hechos ocurridos la semana pasada en la colonia Susulá Xoclán, en agravio de su madre. El procesado permanecerá bajo la medida cautelar de prisión preventiva justificada.
Durante la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, el Juez Segundo de Control decretó la legalidad en la detención y a continuación los fiscales de litigación formularon la imputación del delito y argumentaron la vinculación a proceso, pero el acusado solicitó que su situación se resuelva dentro del plazo constitucional, por lo que se otorgó un receso y la condición jurídica del encausado será definida en audiencia próxima.
De los hechos, reunidos en la causa penal 220/2025, esta representación social estableció que ocurrieron el pasado tres de abril, cuando la víctima llegó a su domicilio en la citada colonia y se percató de la presencia del encausado, quien ejerció actos abusivos de poder en su contra.
La indagatoria señala que el acusado presuntamente violentó psicológica y verbalmente a su madre, quien temerosa por su seguridad física, salió corriendo del predio y solicitó ayuda a una unidad de Seguridad Pública, logrando la detención del imputado y su traslado a la Fiscalía.
Por último, esta representación social expuso los argumentos para sustentar la solicitud de la prisión preventiva justificada como medida cautelar, la cual fue concedida por el Juez de Control por todo el tiempo que dure el proceso.
A proceso por abuso de confianza
Tras cumplirse el plazo constitucional antes otorgado, se reanudó la audiencia de vinculación en la que se resolvió la situación legal de A.M.A., acusado del delito de abuso de confianza en virtud de los hechos registrados en una gasolinera de Kanasín.
En dicha sesión judicial, la Juez de Control del Segundo Distrito dictó el auto de vinculación a proceso luego de valorar los datos de prueba reunidos por la Fiscalía General del Estado (FGE) bajo la causa penal 182/2024.
Además, otorgó dos meses para continuar con la indagatoria y ratificó la permanencia de las medidas cautelares antes impuestas, las cuales incluyen la prohibición de salir del Estado sin autorización y la firma periódica ante la autoridad asignada.
Cabe recordar que los hechos que motivaron la denuncia, señalan que el acusado aprovechó que era empleado de la citada gasolinera, para así disponer de la cantidad de $130,160.00 pesos, propiedad de dicha persona moral.